Boletín de información Jurídica y Tributaria 2/2020

Boletín de información Jurídica y Tributaria 2/2020

NOVEDADES DE CARÁCTER TRIBUTARIO CONTENIDAS EN EL REAL DECRETO-LEY 18/2019, DE 27 DE DICIEMBRE

El pasado 28 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 18/2019 que incorpora diversas medidas de carácter tributario, catastral y de seguridad social. En lo tocante a las cuestiones tributarias cabe destacar las siguientes:

IRPF


En relación al método de estimación objetiva, se mantienen en 2020 tanto la cifra de 250.000 euros como volumen de rendimientos del año anterior que supondrían la exclusión, así como la cifra de 125.000 euros para las operaciones de las que estén obligados a facturar.

Se mantiene asimismo en 250.000 euros la cifra de volumen de compras cuya superación supondría la exclusión del citado método.

De resultas de lo anterior, cabe renunciar a dicho método hasta el 29 de enero de 2020.

Con las debidas adaptaciones, lo anterior se aplica también al régimen especial simplificado en el IVA.

Impuesto sobre el Patrimonio


Se mantiene su vigencia para el ejercicio 2020.

Es importante señalar que en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Madrid se mantiene sin cambio alguno la bonificación del 100% de la cuota, sin perjuicio de la obligación de presentar la declaración cuando el valor de los bienes y derechos es superior a dos millones de euros.

Valores catastrales


Se actualizan para 2020 los valores catastrales de los municipios que lo han solicitado, conforme a unos coeficientes (entre 1,05 y 0,97) en función de la entrada en vigor de las respectivas Ponencias de Valores.

Esta actualización tendrá efectos tanto en el IBI como en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana.

Madrid, a 9 de enero de 2020



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