La Reforma Fiscal 2014 en el IRPF. Aspectos relevantes en la tributación del ahorro

La Reforma Fiscal 2014 en el IRPF. Aspectos relevantes en la tributación del ahorro

El Proyecto de Ley de modificación de la Ley de IRPF (la Reforma Fiscal 2014) se
encuentra actualmente en tramitación parlamentaria, estando prevista su aprobación en los próximos meses. Dentro de la tributación del ahorro y entre otras, destacamos las siguientes novedades, cuya entrada en vigor está prevista para 2015:

1. Eliminación del régimen transitorio para elementos patrimoniales adquiridos antes de 31-12-1994 (los llamados “coeficientes de abatimiento”)

Se suprime el régimen transitorio, y por ello la ganancia patrimonial se calculará por comparación entre los valores de adquisición y transmisión, sin reducción alguna por dicho motivo.

2. Eliminación de los coeficientes de actualización monetaria para inmuebles

Se suprimen también estos coeficientes, que pretenden recoger parte del efecto inflacionario, y que se aplicaban al calcular las ganancias o pérdidas patrimoniales en las transmisiones de inmuebles.

3. Tratamiento de la venta de derechos de suscripción

El importe percibido por la transmisión de derechos de suscripción procedentes de valores cotizados pasa a considerarse ganancia patrimonial, en lugar de minorar el valor de adquisición (en forma análoga a lo que ocurre para valores no cotizados).

4. Modificación del tratamiento fiscal de las reducciones de capital por devolución de aportaciones y reparto de la prima de emisión

Asimismo se revisa la fiscalidad de las reducciones de capital por devolución de
aportaciones y la del reparto de la prima de emisión. En ambas operaciones, la parte que corresponda a reservas generadas durante el tiempo de tenencia de la inversión, tributará de forma análoga al reparto directo de dichas reservas.

5. Integración de las ganancias y pérdidas patrimoniales en la base del ahorro

Todas las ganancias y pérdidas patrimoniales que provengan de transmisiones se integrarán en la base del ahorro, suprimiendo el plazo de tenencia de un año actualmente en vigor.

6. Compensación parcial entre pérdidas patrimoniales y rendimientos en la base del ahorro

De ser negativo el resultado neto de ganancias y pérdidas patrimoniales, este importe se podrá compensar con los rendimientos con el límite del 25 % de éstos (se establece un calendario de aplicación comenzando en el 10 % para 2015 y que finaliza en 2018).

7. Tipo de gravamen de la base del ahorro

Se reduce el tipo de gravamen de la base del ahorro cuyo marginal pasa a ser del 24 % (el 23 % en 2016), sin perjuicio de lo que puedan establecer las Comunidades
Autónomas.



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