Poderes para pleitos «apud acta» de forma electrónica

Poderes para pleitos «apud acta» de forma electrónica

El Ministerio de Justicia ha habilitado un sencillo procedimiento para otorgar poderes para pleitos “apud acta” de forma electrónica. El acceso al servicio se hace a través de la Sede Judicial Electrónica, en internet:

Enlace a la Sede Judicial Electrónica

En el citado sitio web figura el acceso a dos pequeñas “Guías de Uso” que pueden servir de orientación en los pasos a seguir. Las características más importantes del servicio son las siguientes:

  • se requiere certificado vigente de firma electrónica (certificado digital)
  • el servicio es gratuito
  • los otorgantes pueden ser personas físicas o entidades
  • la vigencia del poder no podrá ser superior a cinco años, y dentro de dicho plazo puede ser revocado o prorrogado en cualquier momento
  • se puede apoderar a varias personas, Procuradores y Abogados
  • se pueden limitar las facultades del poder o bien otorgarlo de forma general
  • una vez otorgado el poder, el sistema devuelve un documento PDF denominado “Certificado de inscripción de apoderamiento apud-acta en el archivo electrónico de apoderamientos judiciales” y que puede aportarse como acreditación del apoderamiento otorgado

El ámbito de competencias del Ministerio de Justicia no se extiende a todo el territorio nacional1.

Ello no obstante, en el “Punto de Acceso General de la Administración de Justicia” del propio Ministerio se indican los enlaces a los sitios web de las diversas Comunidades Autónomas (Consejerías con competencias en Justicia), concluyendo por ello la validez de este procedimiento en toda España:

Enlace al Punto de Acceso General de la Administración de Justicia

Es de agradecer esta iniciativa del Ministerio de Justicia, pues de una forma sencilla e intuitiva permite al interesado otorgar un poder para pleitos sin coste y sin desplazamiento alguno.

 

Alejandro Miguélez Freire
Abogado y Economista, miembro de la AEDAF


El presente artículo ha sido publicado en el RIA Nº 4 de la AEDAF de fecha 01/02/21.

1 La Sede Judicial Electrónica del Ministerio de Justicia abarca el ámbito de sus competencias en materia de Administración de Justicia, es decir, Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y las Comunidades Autónomas de Extremadura, Castilla la Mancha, Castilla y León, Islas Baleares, Región de Murcia, Ceuta y Melilla. Véase en este sentido: Enlace



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