Principales novedades del Impuesto sobre Sociedades

Principales novedades del Impuesto sobre Sociedades

El Real Decreto-ley 3/2016 fue aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros,
siendo publicado en el BOE el sábado 3 de diciembre. A continuación resumimos sus novedades más importantes referentes al Impuesto sobre Sociedades.

CON VIGENCIA PARA LOS EJERCICIOS INICIADOS A PARTIR DE 01-01-2016

1.- Nuevos límites para las grandes empresas relativos a la deducción de dotaciones por deterioro de créditos y compensación de bases imponibles negativas
Para las empresas o grupos fiscales con cifra de negocios de al menos 20 millones de euros en los 12 meses anteriores al inicio del ejercicio, se reduce al 50 % el límite sobre la base imponible positiva:

  • para la deducción de las dotaciones por deterioro de créditos que no se produzcan por el transcurso del plazo de seis meses desde el vencimiento
  • para la compensación de bases imponibles negativas de ejercicios anteriores

Si la cifra de negocios hubiese sido igual o superior a 60 millones de euros, el citado límite queda reducido al 25 % de la base imponible positiva. Con anterioridad y para el año 2016, este límite estaba fijado en el 60 % de la base imponible positiva (Disposición Transitoria 36ª de la LIS).

Además, y para las empresas cuya cifra de negocios haya sido de al menos 20 millones
de euros en los 12 meses anteriores, las deducciones por doble imposición internacional no podrán exceder del 50 % de la base imponible positiva. Habrá que analizar la compatibilidad de dicho límite con los Convenios de Doble Imposición que sean de aplicación.

2.- Nuevo mecanismo de reversión de los deterioros de valor de participaciones que resultaron deducibles en períodos impositivos anteriores a 2013Se modifica la Disposición Transitoria 16ª de la LIS para establecer una reversión automática por un importe mínimo anual de los deterioros de valor de participaciones que fueron deducibles en períodos impositivos previos a 2013.

Esta reversión se hará de forma lineal durante cinco años a contar desde el primer ejercicio iniciado a partir del 01-01-2016, sin perjuicio de que resultasen importes superiores por aplicación de las reglas de general aplicación.
Caso de transmitirse los valores durante el plazo antes indicado, las cantidades pendientes de revertir se integrarán en la base imponible del período impositivo en que se produzca la transmisión, con el límite de la renta positiva derivada de la misma.

CON VIGENCIA PARA LOS EJERCICIOS INICIADOS A PARTIR DE 01-01-2017

3.- No deducibilidad de las pérdidas producidas en la transmisión de determinadas participaciones en entidades no residentes que no alcancen un nivel mínimo de tributación
No serán deducibles las pérdidas que se produzcan en la transmisión de participaciones en entidades no residentes que no alcancen un nivel de tributación adecuado o que residan en territorios calificados como paraísos fiscales.

Con una técnica legislativa cuestionable, esta modificación se incluye en la nueva
redacción del apartado 6 del artículo 21 de la LIS, precepto relativo a la exención de
dividendos y rentas derivadas de la transmisión de determinadas participaciones en
entidades.

4.- No deducibilidad de las pérdidas producidas en la transmisión de participaciones en entidades que den derecho a la exención de las rentas positivas
Se modifica el artículo 21 de la LIS, excluyendo la deducibilidad de las pérdidas realizadas en la transmisión de participaciones en entidades siempre que se trate de participaciones con derecho a la exención de los dividendos percibidos o de las rentas positivas generadas en la transmisión de las mismas.

Madrid, 5 de diciembre de 2016

Puedes descarte el boletín completo pinchando este enlace: 161205 Boletín Informativo 10-2016. Novedades tributarias RDL 3_2016 (IS)



DAYA Abogados se integra en Andersen

Con esta integración, Andersen supera los 320 profesionales (abogados y economistas) en España, ampliando capacidades y situando a la Firma entre las primeras del mercado legal en España.

Ir a la noticia

Andersen