25 Sep Reclamación de las cuotas pagadas por el impuesto IIVTNU
POSIBILIDAD DE RECLAMAR LAS CUOTAS PAGADAS POR EL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA – IIVTNU (EFECTOS DE LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL)
La Sentencia del Tribunal Constitucional 59/2017, de 11 de mayo, anuló determinados preceptos de la Ley de Haciendas Locales relativos al IIVTNU.
A la vista de los términos en que está redactada dicha Sentencia, entendemos que existe la posibilidad de reclamar las cuotas pagadas por dicho Impuesto o, en determinados casos, de solicitar una indemnización por importe equivalente a lo satisfecho.
El estudio de las posibilidades prácticas de obtener una devolución (indemnización) debe hacerse caso a caso, no siendo posible dar reglas generales, a la vista de las diversas situaciones que se pueden presentar.
Nos ponemos a su disposición para cualquier duda o aclaración en relación con la presente.
Madrid, a 25 de septiembre de 2017